Sentencia N° 1290 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 1290, Exp. 15-1176, 16/12/2015
Expediente15-1176
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-12-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por varios codemandantes contra una decisión del Juzgado Superior del Trabajo de Portuguesa. La decisión de la alzada había declarado inadmisible el recurso de apelación de algunos codemandantes y sin lugar el de otros, confirmando un fallo anterior que había declarado sin lugar la demanda de cobro de acreencias laborales. La Sala determinó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y que no se cumplían los requisitos para su admisibilidad, por lo que se declaró inadmisible el recurso interpuesto.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la ley adjetiva laboral, reproducida en el párrafo precedente a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justica en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por los codemandantes Ramón Enrique Yánez Almao, José Francisco Meléndez Baldayo y Deivi Alexander Dorado Martínez, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante decisión del 3 de agosto de 2015. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

cobro de acreenciasutilidadessalariocontrol de legalidaddecisión judicial

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