Sentencia N° 1289 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1289, Exp. 13-951, 16/12/2013
Expediente13-951
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Zulia. La decisión se basa en que la sentencia impugnada es recurrible en casación, lo que incumple los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala destaca que al menos una de las pretensiones de los litisconsortes cumple con la cuantía mínima requerida para acceder a casación.
Extracto de la motiva
Como se aprecia del dispositivo legal precedentemente transcrito, para que proceda la admisibilidad del extraordinario recurso control de la legalidad, es necesario el cumplimiento de los requisitos legales expuestos entre los cuales cabe destacar, que la sentencia contra la cual se recurre no sea impugnable en casación. Al respecto, la Sala Constitucional de este alto Tribunal, mediante sentencia Nº 1.573 de fecha 12 de julio de 2005 (caso: Carbonell Thielsen, C.A.), publicada en Gaceta Oficial N° 38.249 de fecha 12 de agosto del mismo año, determinó que la cuantía para acceder a casación debe examinarse conforme a la que regía para el momento de interposición de la demanda, y, en caso que deba calcularse con base en la unidad tributaria, la misma deberá ser la vigente para la fecha de introducción de la demanda. En sujeción a la doctrina jurisprudencial reseñada, esta Sala verifica que, en el caso bajo estudio, la demanda fue introducida en fecha 26 de enero de 2012, siendo que para el momento de su interposición, la cuantía mínima requerida para acceder a la sede casacional en los juicios laborales era de doscientos veintiocho mil bolívares (Bs. 228.000,00), equivalentes a las tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) que indica el numeral 1 del artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, monto éste obtenido de la operación aritmética de multiplicar el número de unidades tributarias establecidas legalmente, por el valor que ésta ostentaba en el momento de interposición de la demanda, fijada en setenta y seis bolívares (Bs. 76,00), según la Gaceta Oficial N° 39.623 publicada en fecha 24 de febrero de 2011.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 3 de junio de 2013, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.