Sentencia N° 1288 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1288, Exp. 05-818, 11/10/2005
Expediente05-818
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Táchira. La decisión de la Alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación y parcialmente con lugar la demanda incoada. La Sala consideró que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se declaró inadmisible el mismo.

Extracto de la motiva

En el caso objeto de estudio, denuncia la parte demandada recurrente que la sentencia impugnada violó normas con carácter de orden público, contraviniendo los artículos 135, en su primer aparte, 78, 86 y 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto señala que la Alzada luego de transcribir el artículo 135 antes mencionado, concluyó que en el presente caso se cumplió con el primer requisito de procedencia de la confesión ficta, esto es, que la accionada no presentó el escrito de contestación a la demanda, pero respecto al segundo requisito existe una ausencia absoluta del análisis de los que consta en los autos, especialmente sobre los argumentos expresados por dicha parte en la audiencia de apelación. Asimismo, agregan los recurrentes que la petición del demandante es contraria a derecho ya que no responde a un interés o bien jurídico tutelado, pues, según lo prevé el artículo 48 eiusdem, la Ley exige a las partes que procedan con apego al principio de lealtad y probidad en el proceso, y, el principio de buena fe, siendo que el accionante obró contraviniendo tales preceptos al demandar a una sociedad mercantil con quien nunca mantuvo una relación laboral. Por otra parte, aducen que la decisión recurrida resulta a todas luces injusta y contraria a la finalidad de las normas antes señaladas, en virtud a que obliga a la demandada a cancelar una suma de dinero que no debe, a quien no fue su trabajador. Finalmente, delatan la infracción de los artículos 12, 15 y 243 del Código de Procedimiento Civil, pues, consideran que la sentencia desmejora la condición del apelante, ya que en la misma se obvió en forma absoluta los argumentos esgrimidos en la audiencia de apelación y a su vez modificó el activo laboral que se debe pagar, sin que la parte demandante hubiese ejercido recurso de apelación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 22 de abril de 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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