Sentencia N° 1287 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1287, Exp. 13-716, 16/12/2013
Expediente13-716
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de diciembre de 2013, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. La decisión se fundamenta en la potestad discrecional de la Sala para revisar decisiones que violenten normas de orden público laboral, concluyendo que no se incurrió en violación de tales normas en la sentencia apelada.
Se argumentó que la parte recurrente alegó incongruencias en la sentencia apelada y violaciones a derechos de confianza legítima y seguridad jurídica, pero la Sala determinó que la decisión recurrida no transgredía el Estado de Derecho. La Sala enfatizó la naturaleza extraordinaria del recurso y la necesidad de restringir su admisibilidad, lo que llevó a la conclusión de que no era necesario ejercer el control de la legalidad sobre el fallo impugnado.
Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen y se estableció que no habría condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir la admisibilidad del mismo, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del Derecho sustantivo del Trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 24 de abril de 2013, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadrecursosjurisdiccióntrabajodecisiónorden público