Sentencia N° 1286 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1286, Exp. 12-1292, 21/11/2012
Expediente12-1292
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-11-21
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Richard Alexander Conejo Maigua contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Mérida. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que la sentencia recurrida era impugnable en casación debido a la cuantía de la demanda. La decisión se fundamenta en la necesidad de preservar la seguridad jurídica y el debido proceso.
Extracto de la motiva
Para que proceda la admisibilidad del extraordinario recurso de control de la legalidad, es necesario el cumplimiento de los requisitos legales antes expuestos, y entre ellos se encuentra, que la sentencia contra la cual se recurre no sea impugnable en casación. Al respecto, la Sala Constitucional de este alto Tribunal, en sentencia N° 1573 de fecha 12 de julio del año 2005, publicada en Gaceta Oficial N° 38.249 de fecha 12 de agosto del mismo año, estableció: En tal sentido, esta Sala en aras de preservar la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y el debido proceso, establece que la cuantía necesaria para acceder a casación, debe ser la misma que imperaba para el momento en que se interpuso la demanda, pues es en ese momento en el cual el actor determina el derecho a la jurisdicción y la competencia por la cuantía y por ello considera cumplido el quantum requerido por el legislador para acceder en sede casacional, pues las partes no están en disposición de prever las modificaciones de la cuantía a que hubiere lugar durante la tramitación del proceso para acceder en casación. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 25 de julio del año 2012, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en Mérida.