Sentencia N° 1284 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de agosto de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1284, Exp. 09-223, 06/08/2009
Expediente09-223
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-08-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de agosto de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Alimentos, C.A. (ALIMECA) contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Nueva Esparta, que había declarado sin lugar la demanda de disolución de sindicato. La Sala argumentó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala.
El recurso fue considerado inadmisible debido a que no cumplía con los fines establecidos para este tipo de impugnación. Se destacó que la parte recurrente alegó violaciones a varios artículos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y del Código de Procedimiento Civil, pero la Sala concluyó que no había fundamentos suficientes para modificar la decisión del tribunal inferior.
Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen, sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
Ahora bien, del análisis del hilo argumental expuesto por la recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas informadas por el orden público, ni de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionante, contra la sentencia proferida el 3 de febrero de 2009, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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