Sentencia N° 1271 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1271, Exp. 14-1102, 12/08/2014
Expediente14-1102
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Jorge Meriño Gutiérrez contra una decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que no se incurrió en violación de normas de orden público laboral, específicamente el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. La decisión de la Alzada fue considerada correcta al resolver el tema en base a los alegatos y pruebas presentadas por ambas partes.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes S.R.L., expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho. En el caso sub examine manifiesta el recurrente que el Juez de alzada violó el orden público laboral, concretamente, el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores; y, las máximas de experiencia, en relación con el cobro por el servicio sobre el consumo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 18 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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