Sentencia N° 1269 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de abril de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 1269, Exp. 11-354, 23/11/2011
Expediente11-354
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-04-07
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de acreencias laborales. La parte demandante había desistido de su recurso de casación, lo que llevó a la Sala a conocer el recurso de la parte demandada. Se determinó que el recurso de casación de la parte demandada había sido anunciado oportunamente, pero no fue formalizado dentro del lapso establecido por la ley. La Sala, al analizar el cumplimiento de los plazos para la formalización del recurso, constató que este había vencido sin que se presentara el escrito correspondiente. Por lo tanto, se declaró perecido el recurso de casación anunciado por la parte demandada, confirmando así la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte demandante. Finalmente, se condenó en costas a la parte demandada recurrente y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen, cumpliendo con lo dispuesto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte accionada, contra la sentencia de fecha 16 de febrero de 2011, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte accionada, contra la sentencia de fecha 16 de febrero de 2011, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de acreenciasrecursosdesistimientocostastrabajo

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