Sentencia N° 1264 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 1264, Exp. 17-584, 13/12/2017
Expediente17-584
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-13
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de unión concubinaria. La audiencia pública fijada para el 7 de diciembre de 2017 no contó con la comparecencia de la parte recurrente ni de sus apoderados, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción prevista en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declarando desistido el recurso de casación. En consecuencia, se declaró firme la sentencia impugnada emitida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Mérida.

Extracto de la motiva

El artículo 489-F eiusdem, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos la parte recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte accionada, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Carlos Enrique Alarcón Martos, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 24 de mayo de 2017, y SEGUNDO: FIRME el fallo recurrido.

Palabras clave

unión concubinariaprotección de niñoscasacióndecisión judicialderechos familiares

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