Sentencia N° 1262 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1262, Exp. 08-419, 31/07/2008
Expediente08-419
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-07-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de julio de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Orlando Ramón Pérez Céspede contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Estado Zulia. La parte recurrente alegó violaciones a la doctrina jurisprudencial, pero la Sala consideró que la sentencia recurrida no incurrió en tales violaciones, por lo que no era necesario conocer del recurso. La decisión se fundamenta en la naturaleza excepcional del recurso de control de la legalidad y los requisitos que deben cumplirse para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, denuncia la parte actora recurrente que la decisión impugnada infringió la doctrina jurisprudencial sentada por esta Sala de Casación Social en sentencia N° 719 de fecha 11 de abril de 2007 (Caso: Ramón del Carmen Gil Camacho contra Maersk Drilling Venezuela, S.A.), por cuanto a su decir, la Juzgadora otorgó la cualidad de testigos hábiles a las personas promovidas por la demandada, teniendo el conocimiento expreso de la condición de socios activos de estos en dicha asociación civil. Por otra parte, afirma la recurrente que también se violentó la sentencia proferida en fecha 26 de octubre de 2006 (Caso: Sandro Ricardo Orellana Rivas contra Asociación Civil Ruta N° 1), pues a su decir, la Alzada invirtió inadecuadamente la carga de la prueba, al señalar lo siguiente: “QUE LA ASOCIACIÓN CIVIL DEMANDADA NEGÓ LA RELACIÓN JURÍDICO LABORAL POR CUANTO A SU DECIR EL ACTOR NO LABORÓ PARA SU REPRESENTADA POR CUANTO ERA SOCIO DE LA MISMA. EN ESTE SENTIDO CORRESPONDE A LA ASOCIACIÓN CIVIL DEMANDADA DEMOSTRAR TALES AFIRMACIONES”. Agrega que esa inversión inadecuada de la carga probatoria pareciera obstaculizar el análisis probatorio de los elementos promovidos y evacuados por la parte actora.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 25 de enero de 2008, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial arriba identificado. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciajurisprudenciacarga de la pruebaderecho laboralinadmisionrecursoasociación civil

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