Sentencia N° 1261 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 1261, Exp. 15-203, 13/12/2017
Expediente15-203
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo fue confirmada en parte, pero el recurso fue declarado inadmisible debido a que no se cumplió con el requisito de cuantía exigido para acceder a la casación. La Sala destacó que la cuantía mínima para la admisión del recurso debía ser de 3.000 unidades tributarias, y la suma total de las pretensiones de los demandantes no alcanzó dicho monto.
Extracto de la motiva
Con relación a las decisiones que en materia laboral son recurribles en casación, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el numeral 1 del artículo 167, dispone que “[e]l recurso de casación puede proponerse: 1. Contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.)”. En sintonía con lo precedentemente expuesto, importa destacar que la Sala Constitucional de este máximo Tribunal, en sentencia Nº 1.573 de fecha 12 de julio de 2005 (caso: Carbonell Thielsen, C.A.), determinó que la cuantía para acceder a casación debe examinarse conforme a la que regía para el momento de interposición de la demanda, y si la misma está expresada en unidades tributarias, deberá considerarse el valor de éstas para la fecha de presentación del escrito libelar. Dicho criterio fue establecido con carácter vinculante, a partir del 12 de agosto de 2005, fecha de publicación del fallo en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.249. De modo que, la cuantía mínima para la admisión del recurso sub examen de tres mil unidades tributarias (3.000 UT), fijada para la fecha de la interposición de la demanda −24 de enero de 2012− en setenta y seis bolívares (Bs. 76,00), según se desprende de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.623 de fecha 24 de febrero de 2011), asciende a la cantidad de doscientos veintiocho mil bolívares (Bs. 228.000,00) -monto necesario para recurrir en casación-.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por parte demandada, contra la sentencia publicada en fecha 14 de enero de 2015, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico; y SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el aludido juzgado superior, en fecha 22 de ese mismo mes y año, mediante el cual se admitió el referido recurso.