Sentencia N° 1260 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1260, Exp. 14-588, 12/08/2014
Expediente14-588
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil C.A. RON SANTA TERESA, contra una decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Aragua. La apelación fue declarada desistida debido a la falta de fundamentación dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. La Sala determinó que el plazo para presentar la fundamentación comenzó a contar desde la fecha en que se dio cuenta del expediente en Sala, y no desde la recepción del mismo, lo que llevó a la conclusión de que el escrito presentado fue extemporáneo.

Extracto de la motiva

La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación. La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine, el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación comenzó a correr en fecha en fecha 14 de mayo del año 2014 y venció el 29 de mayo del año 2014, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 06 de junio del año 2014, incluyendo el término de la distancia respectivo, que en el siguiente caso es de dos (2) días, por estar situado el Tribunal Superior en el estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, observándose que la parte actora consignó extemporáneamente el escrito de formalización, en fecha diez (10) de junio del año 2014, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil C.A. RON SANTA TERESA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, de fecha 26 de marzo del año 2014. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, a fin de que sea enviado al Tribunal de la causa.

Palabras clave

jurisdicción laboralnulidadactos administrativosINPSASELcompetenciaprotección laboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca