Sentencia N° 1258 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1258, Exp. 12-948, 09/11/2012
Expediente12-948
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-11-09
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre la admisibilidad de un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Corporación Digitel, C.A. contra una decisión del Tribunal Segundo Superior del Trabajo que declaró improcedente una medida de suspensión de efectos de un acto administrativo. La Sala determinó que la parte actora presentó su escrito de fundamentación fuera del lapso establecido por la ley, lo que llevó a declarar desistido el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dispone que será considerada desistida la apelación cuando la fundamentación no se presente en el lapso a que se contrae ese mismo artículo. En este sentido, el citado artículo 92 establece que, una vez recibido el expediente, comenzará a correr desde el día siguiente, el lapso de diez (10) días de despacho, dentro del cual la parte o las partes apelantes deberán consignar escrito razonado, directamente ante el Juzgado de segunda instancia, en este caso ante esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso específico, se observa que el expediente se dio por recibido el 21 de junio de 2012, fijándose en esa misma fecha el lapso para consignar el escrito de fundamentación. En tal sentido una vez efectuado el cómputo del lapso subsiguiente de diez (10) días para fundamentar el recurso, más el término de la distancia, se concluye que éste venció el 10 de julio de 2012. Ahora bien, la parte actora presentó su escrito de fundamentación el 11 de julio de 2012, es decir, una vez vencido el lapso para ello. Por lo tanto, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el referido artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación intentado por la representación judicial de la sociedad mercantil Corporación Digitel, C.A., contra la sentencia publicada por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de mayo de 2012.

Palabras clave

apelacióndesistimientojurisdicciónadministrativaprocedimientotribunales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca