Sentencia N° 1258 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1258, Exp. 09-750, 04/08/2009
Expediente09-750
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2009-08-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por Oscar José Villalobos Nava, quien impugnó una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que declaró inadmisible su recurso de casación. La Sala determinó que el recurso de casación no era procedente debido a que la decisión recurrida se refería a una fase de ejecución, lo que está prohibido por el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto.

Extracto de la motiva

Se observa que en el presente caso, el objeto del recurso de hecho es una decisión dictada en fase de ejecución. En estos casos, tal como lo afirma en su sentencia la alzada, por expresa prohibición del artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y conteste con el criterio pacífico de esta Sala de Casación Social, no se le concede recurso extraordinario de casación. En consecuencia, visto que el demandante recurrió en casación una sentencia dictada en la fase procesal de ejecución de sentencia, la cual no es impugnable mediante dicho recurso extraordinario debido a la prohibición expresa contenida en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala concluye que resulta inadmisible el recurso de casación anunciado y, por tanto, debe declarar la improcedencia del recurso de hecho interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la parte actora, abogada Jenny Mery Falcón Catarí, contra el auto dictado en fecha 12 de mayo de 2009, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró inadmisible el recurso de casación propuesto contra la decisión de fecha 4 de mayo de 2009, emitida por el mismo juzgado superior.

Palabras clave

recurso de hechoejecucióninadmisibilidadcasacióntrabajojurisprudencia

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