Sentencia N° 1250 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 1250, Exp. 14-1632, 16/12/2015
Expediente14-1632
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-12-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Ronald Ricardo Rúa Gómez y Carlos Antonio Martínez Dávila contra el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo, que había confirmado la decisión de un juzgado inferior que desestimó su demanda por cobro de prestaciones laborales. La Sala argumenta que la parte actora no logró demostrar la existencia de una relación laboral con la empresa demandada, Transporte Presidente Medina, C.A., y que la valoración de las pruebas presentadas fue de competencia del juez de primera instancia, quien actuó conforme a las reglas de la sana crítica.

Extracto de la motiva

La actividad procesal del juez a quo, entre las cuales se destaca la valorativa, dado el sistema que impera en nuestro derecho procesal laboral, “revisio prioris instantiae”, está sujeta a control por parte del tribunal superior u órgano ad quem, quien tiene plena competencia para revisar todo lo actuado por el mismo, tanto en lo que afecta a los hechos (quaestio facti) como en lo relativo a las cuestiones jurídicas oportunamente deducidas (quaestio iuris), sin que ello implique que pueda resolver cuestiones en las que el apelante es vencedor y no vencido, ello en aplicación del principio de la prohibición de la reformatio in peius. Por tanto, como indicó CHIOVENDA, el tribunal ad quem se encuentra frente a la demanda en la misma posición que el juez de primer grado en el momento de ir a fallar, correspondiéndole los mismos poderes y los mismos deberes (CHIOVENDA, G., Instituciones de Derecho Procesal Civil, vol. III, traducción de E. Gómez Orbaneja, 1ª edición, editorial Revista de Derecho Privado, Madrid, 1940, p. 382).

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandante contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 4 de noviembre de 2014. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido que declaró sin lugar la demanda incoada por los ciudadanos Ronald Ricardo Rúa Gómez y Carlos Antonio Martínez Dávila, contra la sociedad mercantil Transporte Presidente Medina, C.A., y solidariamente los ciudadanos José Beltrán Tejera y Donald Daniel Huamani García.

Palabras clave

silencio de pruebastestimonialesdeclaración de parteinmotivaciónrelación de trabajopresunción de laboralidadvalor probatorio

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