Sentencia N° 1250 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1250, Exp. 11-1106, 12/08/2014
Expediente11-1106
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Rafael Ángel Meyer Sanabria, en el contexto de un juicio de cobro de prestaciones sociales. La decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo había declarado sin lugar la apelación, confirmando la decisión del Juzgado Sexto de Primera Instancia. La Sala determinó que el recurso era inadmisible, ya que no se trataba de una decisión que modificara lo decidido en la sentencia definitiva anterior.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión N° 505 de fecha 30 de julio de 2003, caso: Santos Auro Fuentes contra Representaciones Reto, C.A., expresó que a los autos o sentencias dictados en la etapa de ejecución: (…) se le otorgará excepcionalmente, por aplicación extensiva del ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de control de la legalidad, cuando estos resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provean contra lo ejecutoriado o modifiquen de manera sustancial lo decidido, siempre que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios y que se traten de actos que violen o amenacen con violentar alguna norma de orden público, o resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. En el caso concreto la Sala observa que el objeto del recurso es anular la sentencia del Juzgado Superior que declaró sin lugar la apelación y confirmó la sentencia de Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la impugnación de la experticia por no haberse en ningún momento señalado lo exiguo o exagerado de la misma, por lo cual el fallo recurrido es una decisión emanada de un Juzgado Superior Laboral en etapa de ejecución de sentencia que no provee contra lo ejecutoriado ni modifica lo decidido en la sentencia definitiva que declaró parcialmente con lugar la demanda, proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 5 de abril de 2010, razón por la cual, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 505 de fecha 30 de julio de 2003, parcialmente trascrita, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 7 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionessentenciaapelaciónexperticiainadmisionjurisprudenciatrabajo

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