Sentencia N° 125 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de marzo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0125, Exp. 14-1358, 04/03/2016
Expediente14-1358
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-03-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Cervecería Polar, C.A. contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui, que declaró sin lugar la demanda de nulidad de un acto administrativo. La apelante alegó incompetencia de la autoridad que dictó el acto y violaciones al derecho a la defensa y al debido proceso. Sin embargo, la Sala concluyó que el acto administrativo fue emitido por la autoridad competente y que se garantizó el derecho a la defensa durante el procedimiento administrativo.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social advierte que la parte apelante consignó el escrito de fundamentación de la apelación antes del inicio del lapso previsto para tal fin, así como en la misma fecha en que se fijó dicho lapso, en términos idénticos al interpuesto originalmente; no obstante, conforme con los criterios establecidos por este alto Tribunal se consideran válidas las actuaciones judiciales presentadas anticipadamente. En tal virtud, esta Sala analizará los argumentos expuestos por la representación judicial de la parte apelante en los referidos escritos de fundamentación, al ser válida su presentación. Establecido lo anterior, corresponde a esta Sala de Casación Social resolver el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil Cervecería Polar, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 25 de abril de 2014, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la que se declaró sin lugar la demanda de nulidad incoada por la identificada sociedad de comercio.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil Cervecería Polar, C.A., contra la sentencia de fecha 25 de abril de 2014, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, SEGUNDO: se CONFIRMA el fallo apelado y TERCERO: queda FIRME el acto administrativo recurrido contenido en la Certificación identificada con el alfanumérico CMO-C-251-11, de fecha 29 de septiembre de 2011.

Palabras clave

nulidadacto administrativoderecho a la defensacompetenciadiscapacidad

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