Sentencia N° 1243 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 1243, Exp. 17-674, 13/12/2017
Expediente17-674
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Pepsi-Cola Venezuela, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del estado Zulia. La sentencia recurrida había declarado con lugar la demanda de Daniel Alberto Machado Barrios, confirmando el fallo del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que también había fallado a favor del demandante. La Sala concluyó que no hubo error en la interpretación del artículo 425 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, y que la asignación de productos en especie no puede ser excluida de los beneficios laborales dejados de percibir.

Extracto de la motiva

La norma parcialmente transcrita establece que el trabajador despedido amparado por inamovilidad laboral puede solicitar ante la Inspectoría del Trabajo, el reenganche y el pago de los salarios y demás beneficios dejados de percibir; y, demostrada la inamovilidad laboral, si existe la presunción de la relación de trabajo alegada, el Inspector o la Inspectora del Trabajo ordenará el reenganche y la restitución a la situación anterior, con el pago de los salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir, cumpliendo con el procedimiento allí establecido. La norma in commento no limita los beneficios laborales dejados de percibir a aquellos que se materialicen en dinero, de allí que, resulta aplicable el principio de interpretación según el cual, donde no distingue el legislador no le es dado hacerlo al intérprete, y en consecuencia, no le está dado al juzgador restringir los derechos del trabajador durante el lapso en que estuvo suspendida la relación laboral por el procedimiento de inamovilidad, excluyendo beneficios en especie a que tenían derecho todos los trabajadores activos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 20 de junio de 2017 por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; y, SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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