Sentencia N° 124 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de enero de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0124, Exp. 06-2116, 31/01/2007
Expediente06-2116
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-01-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José Marcelino Paredes Vivas, quien alegó que el Juzgado Superior Segundo del Trabajo había infringido normas procesales al no publicar la audiencia de juicio. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, por lo que no era necesario conocer del recurso.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte actora recurrente que el sentenciador de la recurrida infringió las normas contenidas en los artículos 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 49 de la Constitución de la República, así como la reiterada doctrina jurisprudencial emanada de esta Sala de Casación Social, específicamente la sentencia N° 690 del 06 de abril del año 2006, por cuanto a su decir, no publicó la audiencia de juicio en la cartelera del Tribunal, atentando de esa forma contra el principio de publicidad de los actos procesales y el derecho a la defensa de las partes.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 16 de octubre del año 2006, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Palabras clave
control de la legalidaddespidopublicidad de actos procesalesderecho a la defensainadmisionjurisprudenciaLey Orgánica Procesal del Trabajoconstitución