Sentencia N° 124 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de marzo de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 124, Exp. 02-627, 06/03/2003
Expediente02-627
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-03-06
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, que había sido declarado sin lugar por el Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala consideró que el recurso había perecido debido a que la formalización no se presentó dentro del lapso establecido por la ley, ya que el escrito fue presentado el 10 de enero de 2003, cuando el plazo venció el 16 de diciembre de 2002. Por lo tanto, se declaró perecido el recurso de casación.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil que se declarará perecido el recurso, sin entrar a decidirlo, cuando la formalización no se presente en el lapso señalado en el artículo 317, o no llene los requisitos exigidos en el mismo artículo. En el caso de autos el recurrente anunció su recurso de casación oportunamente, pero formalizó el mismo el 10 de enero de 2003 y el lapso para la presentación del escrito venció el 16 de diciembre de 2002, razón por la cual esta Sala considera perecido el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación presentado contra la sentencia definitiva dictada el 13 de agosto de 2002, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena al recurrente en las costas del recurso.

Palabras clave

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