Sentencia N° 1238 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 1238, Exp. 17-468, 13/12/2017
Expediente17-468
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la sociedad mercantil MANAPLAS, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Séptimo del Trabajo que declaró inadmisible la demanda de nulidad de un acto administrativo relacionado con una certificación de enfermedad ocupacional. La Sala confirmó la inadmisibilidad de la demanda, argumentando que la parte demandante no cumplió con los requisitos procesales establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, específicamente en relación con la falta de indicación del domicilio de las partes y la no presentación del informe pericial requerido.
Extracto de la motiva
Una vez determinada la competencia de esta Sala de Casación Social para conocer acerca del recurso de apelación ejercido por la parte demandante, en fecha 4 de abril de 2017, contra la decisión dictada el 17 de marzo de 2017, por el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró inadmisible la presente demanda de nulidad, por considerar que ordenándose a la parte demandante, el despacho saneador, a la luz de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a saber, 'indicar el domicilio procesal de las partes, señalar la relación de los hechos y los fundamentos de derecho, del informe pericial demandado', en virtud del incumplimiento del artículo 33 eiusdem y, habiendo transcurrido los tres (3) días a que hace referencia el artículo 32 antes descrito y no dar cumplimiento la parte demandante a la subsanación correspondiente, forzosamente declara inadmisible la demanda de nulidad interpuesta.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil MANAPLAS, C.A., contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 4 de abril de 2017, mediante el cual declaró inadmisible la demanda de nulidad interpuesta contra la certificación n° CAP-0096-2016, de fecha 08 de septiembre de 2016, dictada por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Vargas, a favor de la ciudadana Yamile Yáñez, e informe pericial (del cual no se señaló dato alguno, ni se acompañó copia del mismo). SEGUNDO: CONFIRMA, en los términos expuestos, el fallo apelado.
Palabras clave
apelacióninadmisibilidadjurisdicción contencioso administrativarequisitos de la demandatribunalesderecho administrativo