Sentencia N° 1238 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de septiembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1238, Exp. 05-822, 27/09/2005
Expediente05-822
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-09-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del Juzgado Superior del Trabajo. Se argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en relación a la oportunidad y extensión del escrito. La Sala destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y debe cumplir con exigencias específicas para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar, alega la recurrente, la infracción por la recurrida del artículo 131 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como del 49 de la Constitución de la República, por cuanto a su decir, fue comprobado a través de constancia médica la incomparecencia a la audiencia preliminar, todo lo cual luego de una revisión minuciosa de las actas del expediente, no fue constatado por esta Sala de Casación Social. Por otra parte, alega la recurrente que la confesión dictada por el Juzgado cuarto de Sustanciación, mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción judicial del Estado Bolívar adolece de fallas, por cuanto si el Juez tuvo acceso a las pruebas de la contraparte, debió tomarlas en cuenta y examinarlas para tomar su decisión, todo lo cual, luego de una revisión exhaustiva de las actas del expediente, no fue constatado por esta Sala.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 12 de abril del año 2005 emanada del Juzgado Superior del Trabajo del Segundo Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialescontrol de la legalidadinadmisibilidadrecursojuzgado superiorjurisprudenciaorden público