Sentencia N° 1235 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1235, Exp. 10-1237, 09/11/2012
Expediente10-1237
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-11-09
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte actora, Javier Gil y Carmen Navas, contra una decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La audiencia pública fijada para el 1 de noviembre de 2012 no contó con la comparecencia de la parte actora, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando desistido el recurso de casación. La decisión se fundamenta en la falta de comparecencia del recurrente a la audiencia, lo que implica la pérdida del derecho a continuar con el recurso.
Extracto de la motiva
El prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte actora recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de la Primera Instancia correspondiente. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social Accidental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDO el Recurso de Casación propuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, mediante decisión de fecha once (11) de agosto del año 2010; 2) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.
Palabras clave
recurso de casaciónaudienciadesistimientojubilacióntrabajo