Sentencia N° 1234 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1234, Exp. 12-1031, 09/11/2012
Expediente12-1031
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-11-09
DecisiónPERECIDO

Resumen

La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por Wilfredo Enrique Arevalos Solares contra un fallo del Juzgado Superior Agrario de Yaracuy que declaró sin lugar un recurso de apelación. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, determinó que no se recibió la formalización del recurso de casación dentro del lapso legal establecido, lo que llevó a declarar el recurso como perecido. Además, se condenó en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

Conforme a la providencia emanada del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de fecha 26 de junio de 2012, es en ese día cuando la precitada instancia señala que admite el recurso de casación anunciado; entonces, a partir de ese día comenzó a transcurrir el lapso de 20 días continuos previstos legalmente para la formalización del recurso de casación, de conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, más el término de la distancia correspondiente. En el caso de autos, no se recibió la formalización del recurso anunciado, por tanto, se incurre en inobservancia de lo señalado en el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Por consiguiente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil se declarará perecido el recurso, sin entrar a decidirlo, porque la formalización no ha sido presentada ante esta Sala en el lapso correspondiente. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por el ciudadano Wilfredo Enrique Arévalos Solares, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy en fecha 8 de junio de 2012. Conforme al artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

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