Sentencia N° 123 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de marzo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0123, Exp. 14-1331, 03/03/2016
Expediente14-1331
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-03-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de marzo de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado Efraín J. Sánchez en representación de José Antonio Díaz, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo que había declarado sin lugar la demanda. La Sala determinó que el juzgador de alzada no incurrió en vicios de inmotivación ni en la falta de aplicación de las normas denunciadas, ya que se reconoció el fuero paternal del actor, aunque no se le otorgó el derecho a dos años de antigüedad por el nacimiento de su hijo.
Extracto de la motiva
De la lectura de la denuncia anteriormente transcrita, encuentra la Sala que el formalizante no sólo no encuadró su denuncia en alguno de los numerales del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sino que de igual forma realizó una mezcla indebida de denuncias. Sin embargo, la Sala extremando sus deberes, evidencia que por una parte, delata el vicio de inmotivación por silencio de prueba (de la partida de nacimiento), y por la otra, la falta de aplicación de los artículos 94, 420 y 422 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, relativos a la inamovilidad por el fuero de paternidad. En primer lugar, en cuanto al vicio de inmotivación por silencio de prueba, ha señalado esta Sala que la recurrida incurre en el referido vicio, cuando omite de manera total o parcial el análisis sobre una o todas las pruebas promovidas, por lo que en este sentido, los jueces tienen el deber impretermitible de examinar cuántas pruebas se han aportado a los autos, para de esa manera, no incurrir en la violación de la regla general sobre el examen de las pruebas prevista en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, artículo aplicable al nuevo régimen laboral por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, conjuntamente con el artículo 69 eiusdem.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por el apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 7 de agosto del año 2014, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido que declaró sin lugar la demanda. No hay condenatoria en costas a la parte accionante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
error de derechoinamovilidadjusticia socialLOTpruebassentenciaconstitución