Sentencia N° 1229 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1229, Exp. 13-1420, 03/12/2013
Expediente13-1420
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-12-03
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia que había declarado con lugar la apelación y parcialmente con lugar la demanda. La Sala determinó que la sentencia recurrida no había violado normas de orden público y que la Alzada había valorado adecuadamente las pruebas presentadas, concluyendo que no se incurrió en violaciones que transgredieran el Estado de Derecho. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó normas de orden público específicamente los artículos 12, 444 y 508 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al no valorar en su justo mérito el contrato de concesión consignado y establecer que el demandante no disponía libremente de su tiempo, sin que curse en autos alguna prueba que así lo evidencie. Adicionalmente alega que la recurrida incurrió en violación del artículo 86 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por un incorrecto establecimiento y valoración de los hechos derivados de las pruebas documentales promovidas por la demandada, ya que al no otorgarles valor probatorio a las mismas, a pesar de ser consignadas en original y ser reconocidas por la parte actora, no se analizó su contenido ni se le adminiculó entre sí a fin de determinar los hechos que de éstos emanaban, incurriendo en error de juzgamiento y como consecuencia de ello, en una errónea aplicación del artículo 65 de la Ley Orgánica de Trabajo. Por último aduce que la recurrida viola el artículo 159 de la Ley Orgánica de Trabajo ya que al tratar el aspecto de la forma de efectuarse el pago, no enuncia los motivos de hecho que llevaron a concluir al Juez que las facturas emitidas por la demandada a cargo de Distribuidora Jesús C.A. tenían la característica de un salario en razón de la periodicidad con la cual se cancelaba, siendo que esos instrumentos demuestran que el actor, por intermedio de DISTRIBUIDORA JESÚS C.A. pagaba a la demandada los productos que ésta le vendía.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 7 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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