Sentencia N° 1228 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1228, Exp. 12-1141, 09/11/2012
Expediente12-1141
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-11-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, quien impugnaba una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y concluyó que el recurso no cumplía con las exigencias necesarias para su procedencia. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso presentado.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, en los siguientes términos: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que la recurrida revocó la sentencia de Primera Instancia, al considerar que la parte actora no logró desvirtuar con la declaración de los testigos promovidos por ella, ni mediante otro medio cursante a los autos, que la renuncia que obra en los autos le hubiera sido sacada con violencia psicológica.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 03 de julio del año 2012, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes.
Palabras clave
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