Sentencia N° 1227 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 1227, Exp. 15-723, 12/12/2017
Expediente15-723
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-12
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de diciembre de 2017, declara desistido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano José Manuel Rodríguez Gómez contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Bolívar. La decisión se basa en la incomparecencia del recurrente a la audiencia fijada, lo que conlleva a la aplicación de la sanción establecida en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que si el recurrente no comparece, se declarará desistido el recurso de casación.
El tribunal señala que la parte actora no cumplió con la carga procesal impuesta por la ley, lo que llevó a la firmeza de la sentencia impugnada. La Sala, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, resalta la importancia del debido proceso y la tutela judicial efectiva, pero también la necesidad de que las partes comparezcan en las audiencias programadas para el adecuado desarrollo del proceso judicial.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la decisión, así como la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Bolívar para los fines legales correspondientes.
Extracto de la motiva
El artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos no compareció la parte actora o sus apoderados judiciales a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de casación interpuesto por la demandante, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano José Manuel Rodríguez Gómez, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en fecha 28 de octubre de 2014, y 2) FIRME el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines legales subsiguientes.