Sentencia N° 1227 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1227, Exp. 13-1036, 02/12/2013
Expediente13-1036
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-12-02
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por PEPSICOLA DE VENEZUELA, C.A. contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. Se estableció que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que llevó a declarar desistido el recurso de apelación. La decisión reafirma la importancia de cumplir con los plazos procesales establecidos para la fundamentación de los recursos.

Extracto de la motiva

La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine el expediente se dio por recibido el 30 de julio de 2013, y siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación venció el 17 de septiembre de 2013, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 1 de octubre de 2013, transcurriendo de la siguiente manera 31 de julio, 1,2,3,4,5,6,7,8, y 9 de agosto y los días 16 y 17 de septiembre de 2013, sin que la parte recurrente consignare el escrito de fundamentación en el lapso antes indicado, al efecto esta Sala, en aplicación del artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 3 de junio de 2013; y, en consecuencia, se declara firme el fallo apelado.

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