Sentencia N° 1226 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 1226, Exp. 17-561, 12/12/2017
Expediente17-561
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-12-12
DecisiónHOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de diciembre de 2017, homologó el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Industrias Intercaps de Venezuela, C.A. contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo, que había declarado improcedente la solicitud de medida cautelar. El desistimiento fue presentado por el abogado Bernardo Pisani, quien actuó en nombre de la sociedad demandante.

Extracto de la motiva

El desistimiento, como medio de auto composición procesal, se encuentra previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, norma de aplicación supletoria según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que dispone expresamente: 'En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.' El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aún antes de la homologación del tribunal. En armonía con la disposición legal precedente, se ha sostenido reiteradamente que el desistimiento es el acto jurídico que consiste en la renuncia positiva y precisa que realiza el actor o interesado a los actos del juicio, es decir, el abandono de la instancia, la acción u otro trámite del procedimiento, en cualquier estado y grado de la causa.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A., contra la decisión de fecha 25 de enero del año 2017, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y 2) FIRME el fallo recurrido.

Palabras clave

desistimientorecursoapelacióntrabajojusticiaadministrativa

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