Sentencia N° 1222 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1222, Exp. 12-662, 09/11/2012
Expediente12-662
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2012-11-09
DecisiónAdmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte accionada, en el contexto de un procedimiento por cobro de acreencias laborales. La Sala analizó el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y determinó que el recurso era admisible, dado que la decisión recurrida del Juzgado Superior del Trabajo había violado normas de orden público.
Extracto de la motiva
El Artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Así mismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el Artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la accionada, contra la decisión emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre de fecha 11 de abril de 2012. En consecuencia, y de conformidad con el iter procesal establecido en el Capítulo VI del Título VII de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto, comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos a los fines de que la parte actora pueda consignar por escrito los argumentos que a su juicio contradigan los alegatos de la recurrente. Una vez concluida la sustanciación, la Sala dictará un auto, fijando el día y la hora para la realización de la audiencia, donde las partes podrán formular sus alegatos y defensas, de manera pública y contradictoria.
Palabras clave
control de legalidadrecursoorden públicoprocedimiento laboraljurisprudenciaderechos laborales