Sentencia N° 122 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de septiembre de 2021

TSJ/SCS, Sent. N° 122, Exp. 15-1197, 02/09/2021
Expediente15-1197
PonenteDanilo A.Mojica Monsalvo
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2021-09-02
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA EL MIRADOR DE LA HACIENDA, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo. La decisión se basa en que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral y no se ajusta a los fines del recurso de control de la legalidad. Se destaca que no hay expresa condenatoria en costas del recurso.

Extracto de la motiva

Por tal motivo, efectuado como fue un análisis minucioso del fallo impugnado, de los vicios delatados por la parte demandante, así como de las actas procesales que conforman el expediente, considera esta Sala de Casación Social que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, pues no vulnera normas de orden público laboral, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del recurso de control de la legalidad interpuesto, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación. En consecuencia, visto que el alcance del control de la legalidad interpuesto no se ajusta a los fines del recurso, debe obligatoriamente declararse su inadmisibilidad, por lo que tal declaratoria resulta cónsona con la potestad de esta Sala establecidas en el antes mencionado artículo 178 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA EL MIRADOR DE LA HACIENDA, C.A., contra la sentencia de fecha doce (12) de agosto de 2015, dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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