Sentencia N° 1218 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de octubre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1218, Exp. 04-708, 07/10/2004
Expediente04-708
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2004-10-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia interlocutoria del Juzgado Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. Se argumenta que el recurso es inadmisible ya que la sentencia impugnada es interlocutoria y su gravamen puede ser reparado en la sentencia definitiva. Además, se considera que la interposición del recurso fue maliciosa, lo que conlleva a la imposición de una multa al recurrente.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 20 de febrero de 2003, expresó que “...este medio de impugnación excepcional es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, todo ello además en procura de la celeridad que cada caso amerita, pues de producirse alguna violación con estos fallos interlocutorios, se puede reparar en la sentencia definitiva, recurribles estas últimas ante esta Sala de Casación Social a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley para ello”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 5 de abril de 2004. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Se impone al recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.), y se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de apelaciónsentencia interlocutoriacontrol de la legalidadmultacosa juzgadaorden público