Sentencia N° 1217 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1217, Exp. 04-1746, 03/08/2006
Expediente04-1746
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-08-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del TSJ se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia que declaró sin lugar la apelación y con lugar la demanda de jubilación especial del ciudadano Betanio Márquez. La Sala determinó que la sentencia recurrida había violado normas de orden público y derechos fundamentales, al declarar la nulidad parcial del acta convenio firmada entre las partes, argumentando que el trabajador había incurrido en un error excusable al optar por la bonificación especial en lugar de la jubilación.

Extracto de la motiva

Conforme al criterio antes mencionado por la Sala de Casación Social, el cual acoge este Sentenciador, los trabajadores de CANTV, podían optar por escoger entre la jubilación especial o el pago de una bonificación especial, conforme a lo previsto en el ordinal 3° del artículo 4 del mencionado anexo, no obstante debía determinarse si esta escogencia manifestada por el trabajador entre una u otra opción en la que se presenta el beneficio, estuvo viciada en su consentimiento. Del análisis a dicha acta y tomando en cuenta que la representación judicial de el accionante, en su acto de descargo argumentó que su (sic) fue convencido mediante argucias y engaños a firmar una supuesta acta en donde renunciaba, donde se negociaban los derechos adquiridos como lo es el de la jubilación y la antigüedad, acoge el criterio de la Jurisprudencia señalada, concluyendo así que la voluntad del trabajador al escoger entre la Bonificación Especial y el Beneficio de la Jubilación se encontró viciada de nulidad, toda vez, que el trabajador incurrió en un error excusable al momento de su escogencia, siendo, en consecuencia, dicha Acta nula parcialmente, quedando plenamente firme la validez del resto del contenido.

Dispositiva

1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 02 de agosto del año 2004, dictada por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ANULA el fallo dictado por el citado Juzgado Superior anteriormente identificado; y 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano BETANIO MÁRQUEZ contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.). En consecuencia, SE ORDENA la compensación del monto de las pensiones y la cantidad recibida en exceso por el trabajador, debidamente indexadas ambas cantidades, así como el pago del experto a cargo de ambas partes, tal y como quedó establecido en la motiva del presente fallo.

Palabras clave

jubilación especialcontrol de la legalidaderror excusablederecho a la defensadebido procesocompensaciónacta convenio

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