Sentencia N° 1215 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de noviembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1215, Exp. 12-252, 30/11/2016
Expediente12-252
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-11-30
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 30 de noviembre de 2016, declaró desistido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Luis Vladimir Mendoza López contra la decisión del Juzgado Tercero Superior Transitorio del Trabajo. La decisión se fundamenta en la incomparecencia del recurrente a la audiencia pública fijada, lo que llevó a la aplicación de la sanción prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece el desistimiento del recurso en caso de no comparecer a la audiencia.
Extracto de la motiva
Establece el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, que: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos la parte recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación incoado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 4 de julio de 2007, y SEGUNDO FIRME el fallo recurrido.
Palabras clave
desistimientorecurso de casaciónprestaciones socialesaudiencia pública