Sentencia N° 1210 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de enero de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1210, Exp. 12-523, 12/08/2014
Expediente12-523
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIERREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-01-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por Agropecuaria La Concepción, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Agrario que había declarado sin lugar la acción de nulidad contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras. La Sala determina que el acto administrativo impugnado, que ordenaba el rescate de tierras, es nulo por no cumplir con las formalidades legales requeridas y por no demostrar que las tierras estaban ocupadas de forma ilícita. Se destaca que el juez de la causa extralimitó sus funciones al declarar inválido un título de propiedad que no fue objeto de discusión en el proceso.

Extracto de la motiva

En el asunto cuya atención nos ocupa, se propone acción de nulidad contra el acto administrativo dictado en Sesión N° 261-09, Punto de Cuenta N° 386, de fecha 15 de septiembre de 2009, por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, conforme al cual se acuerda el rescate de las tierras que conforman el predio denominado Fundo Paraguachí, ubicado en el Km. 18, Parroquia Jesús María Semprum, Municipio Jesús María Semprum del estado Zulia, con una superficie aproximada de 294 hectáreas. Observados los alegatos que sustentan la pretensión, así como el contenido del fallo apelado, debe indicarse que existe a los autos una cadena titulativa consignada por la parte actora (vid. folios 169 al 234 Pieza 1), conforme a la cual se prueba el desprendimiento válido de la Nación a un particular de las tierras ubicadas en el Fundo Paraguachí, conforme al artículo 82 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, probanza que tiene plena eficacia para demostrar la propiedad alegada por la accionante. Sin embargo, y de forma por demás anómala, el título que da origen a la cadena documental ya citada, fue declarado inválido por el sentenciador del tribunal de la causa, sin que tal cuestión hubiese sido materia a decidir en la litis planteada, esto es, el juez de la causa, abogado Johbing Richard Álvarez Andrade, extralimitándose en sus funciones, y sin sustento normativo en la legislación vigente venezolana, desconoció un desprendimiento válido de tierras, aún y cuando, como se dijo, ello no fue objeto de discusión entre las partes.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, sociedad mercantil Agropecuaria La Concepción, C.A., en contra de la decisión emanada del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, en fecha 27 de enero de 2012; 2°) REVOCA el fallo apelado; 3°) NULO el acto administrativo dictado en Sesión N° 261-09, Punto de Cuenta N° 386, de fecha 15 de septiembre de 2009, por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, conforme al cual se acuerda el rescate de las tierras que conforman el predio denominado Fundo Paraguachí, ubicado en el Km. 18, Parroquia Jesús María Semprum, Municipio Jesús María Semprum del estado Zulia, con una superficie aproximada de 294 hectáreas.

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