Sentencia N° 1204 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1204, Exp. 12-1180, 06/11/2012
Expediente12-1180
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-11-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de noviembre de 2012, se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Alejandro Alberto Graterón Servitad contra la decisión del Juzgado Sexto Superior del Trabajo, que había negado la admisión de un recurso de casación. La Sala argumentó que la decisión impugnada era un auto dictado en fase de ejecución de sentencia, lo que hacía improcedente el recurso de casación según el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En consecuencia, la Sala declaró sin lugar el recurso de hecho, reafirmando su postura de que no se admite recurso de casación contra decisiones en fase de ejecución. La decisión fue tomada en nombre de la República y por autoridad de la ley, y se condenó en costas a la parte recurrente, ordenando la remisión del expediente al juzgado de origen para su registro y publicación.
La sentencia fue firmada por el Magistrado Ponente Luis E. Franceschi Gutiérrez, junto con otros magistrados de la Sala, y se registró oficialmente en el expediente correspondiente.
Extracto de la motiva
Del análisis del auto que negó la admisión del recurso de casación se aprecia que la decisión contra la que se anunció dicho recurso es un auto dictado en fase de ejecución de sentencia, y que la Alzada fundamentó la negativa de admisión del recurso en la improcedencia de éste contra las decisiones dictadas en fase de ejecución. En este sentido, la Sala ha sostenido reiteradamente que contra las decisiones del Juez en la fase de ejecución, no se admite recurso de casación, ello por disposición expresa del artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto contra la decisión de fecha 13 de julio de 2012, dictada por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el recurso de casación anunciado contra la decisión dictada por ese mismo Tribunal en fecha 4 de julio del mismo año. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de hechoejecución de sentenciacasacióntrabajojurisprudencia