Sentencia N° 120 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de febrero de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0120, Exp. 15-944, 24/02/2017
Expediente15-944
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-02-24
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Deutsche Lufthansa Aktiegesselschaft contra un auto del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que negó la fijación de una audiencia oral. La Sala consideró que la negativa del tribunal inferior a fijar la audiencia, a pesar de la falta de remisión del expediente administrativo, vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva y el debido proceso. En consecuencia, se declaró con lugar el recurso de apelación, anulando el auto recurrido y ordenando la reposición de la causa para que se fije la audiencia correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, entre otras, en sentencia n° 1672 de fecha 18 de noviembre del año 2009, ha sostenido que la no remisión del expediente administrativo acarrea una presunción favorable sobre la procedencia de la pretensión del accionante y no impide que el órgano jurisdiccional respectivo emita el pronunciamiento correspondiente, puesto que aquél constituye la prueba natural y no la única, dentro del proceso contencioso administrativo de nulidad. En el caso que nos ocupa ciertamente el tribunal de la causa, erró al no continuar con el trámite del procedimiento contencioso administrativo de nulidad, concretamente, al no fijar la audiencia de juicio en atención al contenido del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y negar su fijación, en virtud de que el órgano administrativo no ha remitido el expediente administrativo que le fue solicitado, siendo que ello no está consagrado en los dispositivos técnicos legales sugra citados; infringiendo de tal forma el debido proceso de las partes consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil DEUTSCHE LUFTHANSA AKTIEGESSELSCHAFT, contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 15 de junio de 2015. SEGUNDO: Se ANULA el auto recurrido. TERCERO: REPONE la causa al estado en que el tribunal de la causa fije oportunidad para llevarse a cabo la audiencia de juicio prevista en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, previa notificación de las partes en razón del tiempo transcurrido.
Palabras clave
nulidadapelaciónaudienciaexpediente administrativoderecho a la defensa