Sentencia N° 12 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de febrero de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 012, Exp. 14-796, 04/02/2016
Expediente14-796
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-02-04
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de control de la legalidad interpuesto por Nelly Josefina Bello contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Lara, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala admitió el recurso, pero la parte demandante no compareció a la audiencia fijada, lo que llevó a la Sala a declarar desistido el recurso de control de la legalidad interpuesto. En consecuencia, se declaró firme la sentencia impugnada.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que regula específicamente lo relativo al recurso de control de la legalidad, en su segundo aparte dispone: “En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior…”. En ese contexto, el artículo 173 de la misma Ley, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos la parte demandante recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declara desistido el recurso de control de la legalidad interpuesto y, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionante, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 24 de abril de 2014 y 2) FIRME el fallo recurrido.
Palabras clave
cobro de acreenciasaudienciadesistimientorecurso de casaciónsentencia firme