Sentencia N° 1194 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de diciembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 1194, Exp. 17-640, 08/12/2017
Expediente17-640
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, INDUHOTEL DE VENEZUELA, C.A., debido a la falta de formalización del mismo dentro del lapso legal establecido. La parte demandada había anunciado el recurso de casación, pero no presentó el escrito correspondiente en el tiempo requerido, lo que llevó a la Sala a aplicar el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia que corresponda, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos la parte demandada anunció su recurso de casación oportunamente, sin embargo, no presentó el escrito de formalización del mismo, siendo que el lapso de veinte (20) días para dicha actuación más el término de distancia, comenzó a transcurrir en fecha 28 de junio de 2017, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se dan para el anuncio del referido recurso extraordinario, y venció el 19 de julio de 2017, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 17 de octubre de 2017, incluyendo el término de la distancia correspondiente de dos (2) días, sin que conste en autos la formalización del recurso de casación, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera perecido el recurso interpuesto por la parte demandada.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada sociedad mercantil INDUHOTEL DE VENEZUELA, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 19 de junio de 2017, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recursocasaciónindemnizaciónaccidente de trabajocostassentencia