Sentencia N° 1192 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de julio de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1192, Exp. 06-144, 14/07/2006
Expediente06-144
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoHomologacion
Fecha de la decisión2006-07-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, ordena al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui que continúe los trámites procesales correspondientes y se pronuncie sobre la homologación de la transacción acordada entre las partes. Se destaca que no hay condenatoria en costas, conforme al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes y se pronuncie sobre la homologación respectiva.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes y se pronuncie sobre la homologación respectiva. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

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