Sentencia N° 1191 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de diciembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 1191, Exp. 15-965, 11/12/2015
Expediente15-965
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-12-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Industrias Alimenticias Hermo de Venezuela, S.A. contra la certificación de enfermedad ocupacional emitida por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda. La sentencia del Tribunal Tercero Superior del Trabajo había declarado con lugar la demanda, lo que llevó a la consulta obligatoria ante la Sala de Casación Social.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la certificación impugnada establece que los padecimientos de la trabajadora, específicamente “(...) 1. Periartritis Escapulo-Humeral Derecha, 2. Lesión Meniscal Rodilla Derecha (...)”, son causados debido a las condiciones disergonómicas en las que trabajó la beneficiaria del acto y que ambas son, por ende, de origen ocupacional. De la transcripciones anteriores se evidencia que a la ciudadana Desideria Cisneros Belisario se le realizó una evaluación integral que incluyen los cinco criterios: “Higiénico-Ocupacional, 2. Epidemiológico, 3. Legal, 4. Paraclinico y 5. Clínico”, a través del informe de investigación de origen de enfermedad realizada el 10 de julio del año 2012 por el Ing. Gridel Barrios en su condición de inspector de salud y seguridad de los trabajadores del (INPSASEL), y se puede observar que tanto en la providencia administrativa como en el procedimiento realizado se constató el tiempo de desempeño dentro de la empresa donde ha realizado posiciones que han implicado la adopción de postura de bipedestación prolongada, manipulación de carga, movimientos repetitivos de miembros superiores, y así a través de la investigación realizada por el departamento médico también se fortalece la referida conclusión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REVOCA la decisión dictada por por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 8 de abril del año 2015, en consecuencia, FIRME la providencia administrativa N°0292-12, de fecha 11 de julio del año 2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de Los Trabajadores Miranda “Delegado De Prevención Jesús Bravo” Adscrita Al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

Palabras clave

nulidadenfermedad ocupacionalcertificación

Normas citadas

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca