Sentencia N° 1187 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de diciembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 1187, Exp. 17-155, 08/12/2017
Expediente17-155
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Compañía Operativa de Alimentos Cor, C.A. (Mc Donald’s Charallave) contra la decisión del Juzgado Superior Sexto del Trabajo que declaró con lugar la demanda de nulidad presentada por Alexander José Contreras Matamoros. La apelación se basó en la alegación de que el accidente sufrido por el trabajador no era de índole laboral, ya que ocurrió durante una actividad recreativa y no en el desempeño de sus funciones laborales.
La Sala determinó que el acto administrativo impugnado incurrió en vicios que lo hacían anulable, al no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de apelación y se confirmó la decisión del Juzgado Superior, ratificando la nulidad del acto administrativo en cuestión.
Finalmente, la Sala enfatizó la obligación del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) de investigar los accidentes ocurridos en actividades recreativas auspiciadas por el empleador, estableciendo su carácter ocupacional.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Compañía Operativa de Alimentos Cor, C.A. (Mc Donald’s Charallave) contra la decisión del Juzgado Superior Sexto del Trabajo que declaró con lugar la demanda de nulidad presentada por Alexander José Contreras Matamoros. La apelación se basó en la alegación de que el accidente sufrido por el trabajador no era de índole laboral, ya que ocurrió durante una actividad recreativa y no en el desempeño de sus funciones laborales. La Sala determinó que el acto administrativo impugnado incurrió en vicios que lo hacían anulable, al no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de apelación y se confirmó la decisión del Juzgado Superior, ratificando la nulidad del acto administrativo en cuestión. Finalmente, la Sala enfatizó la obligación del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) de investigar los accidentes ocurridos en actividades recreativas auspiciadas por el empleador, estableciendo su carácter ocupacional.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil COMPAÑÍA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A. (MC DONALD’S CHARALLAVE); y SEGUNDO: se CONFIRMA, en los términos expuestos, la sentencia de fecha 17 de octubre de 2016, emanada del Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
nulidadaccidente laboralrecurso de apelaciónINPSASEL