Sentencia N° 1185 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1185, Exp. 13-1044, 02/12/2013
Expediente13-1044
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-12-02
DecisiónPerecido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, dictó sentencia el 2 de diciembre de 2013, en el proceso de cobro de acreencias laborales instaurado por Deicy Beatriz Romero Martínez contra Productos EFE, S.A. La Sala declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, debido a que la formalización del mismo no fue presentada dentro del lapso legal establecido. Se determinó que el plazo para formalizar el recurso venció el 18 de julio de 2013, y la parte actora no cumplió con este requisito.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso cuando la formalización del mismo no se presente en el lapso previsto, o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. En ese sentido, el citado artículo dispone un lapso de veinte (20) días consecutivos –más el término de la distancia– para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se presentara la formalización del recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha 27 de junio de 2013, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el 18 de julio de ese mismo año, incluyendo el término de la distancia respectivo. En consecuencia, se observa que la parte actora anunció oportunamente el recurso de casación; no obstante, visto que venció el lapso para su formalización sin que ésta fuese presentada, esta Sala tendrá como perecido el recurso interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 18 de junio de 2013, por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se exonera de las costas a la parte demandante recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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