Sentencia N° 1184 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1184, Exp. 13-981, 02/12/2013
Expediente13-981
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-12-02
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó sentencia el 2 de diciembre de 2013, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por la parte actora, JOSÉ GREGORIO UZCÁTEGUI HERNÁNDEZ, contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Barinas. La decisión se fundamenta en que la parte actora no formalizó el recurso dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que es de veinte días consecutivos a partir del anuncio del recurso. Se constató que el lapso para formalizar el recurso venció el 6 de julio de 2013, y la parte actora no cumplió con este requisito.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se consigne en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. En este sentido, el mencionado artículo dispone un lapso de veinte (20) días consecutivos –más el término de la distancia– para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado por la Secretaría de esta Sala, el cómputo para presentar la formalización del recurso de casación, se constata que dicho lapso comenzó a correr en fecha 11 de junio de 2013, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el 6 de julio de ese mismo año, incluyendo el término de distancia correspondiente, dejándose expresa constancia que ese día fue sábado, siendo que el próximo día de despacho fue el 8 de julio de 2013. En consecuencia, se observa que la parte actora anunció oportunamente el recurso de casación, pero venció el lapso correspondiente para su formalización, sin que la misma fuese presentada; por lo tanto esta Sala declara perecido el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 3 de junio de 2013, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y regístrese. Continúese con la tramitación del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada. Agréguese al expediente.