Sentencia N° 1184 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de julio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1184, Exp. 08-1152, 17/07/2008
Expediente08-1152
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-07-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de julio de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por los actores en un juicio de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La sentencia recurrida había sido dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui, el 5 de marzo de 2008, que había declarado parcialmente con lugar la apelación de la parte actora y sin lugar la apelación de las demandadas. La Sala fundamentó su decisión en que la cuantía del juicio superaba el monto mínimo requerido para la admisibilidad del recurso de casación, pero no cumplía con los requisitos establecidos para el control de la legalidad.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso estudiado, la demanda fue interpuesta por cuatro (4) ciudadanos y estimada por el ciudadano Fernando José Lunar Hernández en la cantidad de ciento veinte millones setenta y dos mil veintinueve bolívares con veintidós céntimos (Bs. 120.072.029,22) y se refiere a una sentencia que pone fin a un juicio laboral cuya cuantía, por lo menos uno de los actores, excede la cantidad de ochenta y ocho millones doscientos mil bolívares (Bs. 88.200.000,00) cuantía mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación en los juicios laborales según lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, vigente en mayo de 2005, fecha de presentación del libelo, en conformidad con el criterio de la Sala Constitucional acogido por esta Sala en la sentencia N° 580 de fecha 4 de abril de 2006, razón por la cual, la sentencia es recurrible en casación, y en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 5 de marzo de 2008, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Palabras clave
recurso de control de la legalidadjuicio laboralprestaciones socialessentenciaLey Orgánica Procesal del Trabajoinadmisibilidadapelación