Sentencia N° 1182 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de octubre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1182, Exp. 11-816, 26/10/2012
Expediente11-816
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-10-26
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Dimas José Cedeño Rodríguez contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Monagas. La audiencia pública fijada para el 18 de octubre de 2012 no contó con la comparecencia de la parte actora, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción correspondiente por desistimiento del recurso. En consecuencia, se declaró desistido el recurso de casación y se ordenó continuar con los trámites procesales en el juzgado de primera instancia.
Extracto de la motiva
El prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte actora recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de la primera instancia correspondiente. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1º) declara: DESISTIDO el Recurso de Casación propuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de fecha veintitrés (23) de diciembre del año 2011; 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.