Sentencia N° 1182 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de noviembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1182, Exp. 11-982, 02/11/2011
Expediente11-982
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-11-02
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José Eloy Martín Lantigua contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo. La decisión se basa en que el recurso no resolvió puntos esenciales no controvertidos en juicio ni proveyó sobre lo ejecutoriado, lo que lo hace susceptible de inadmisibilidad. La Sala establece que el recurso de control de la legalidad puede ser interpuesto en casos excepcionales, pero no se aplica en este caso específico.
Extracto de la motiva
La norma referida –aplicable por remisión de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en su artículo 11–, plantea las dos únicas hipótesis en las cuales resulta viable dicho recurso contra este tipo de sentencias, a saber: 1) aquellas que resuelvan puntos esenciales no controvertidos en el juicio, ni decididos en él; y 2) las que provean contra lo ejecutoriado o lo modifiquen de manera sustancial. La Sala respecto a la admisibilidad de este recurso extraordinario, cuando es ejercido contra decisiones dictadas en fase de ejecución, (vid sentencia N° 505 del 30 de julio de 2003, caso: Santos Auro Fuentes contra Representaciones Reto, C.A., RETOCA, ratificada en sentencia N° 1.204 del 22 de julio de 2008, expediente N° 07-2170), reseña: En este sentido, considera esta Sala que dichos autos o sentencias dictadas en un procedimiento de estabilidad laboral en la etapa de ejecución se le otorgará excepcionalmente, por aplicación extensiva del ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de control de la legalidad, cuando estos resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provea contra lo ejecutoriado o modifique de manera sustancial lo decidido, siempre que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios y que se traten de actos que violen o amenacen con violentar alguna norma de orden público, o resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. Así se establece.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el actor, contra la sentencia emanada del Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 14 de junio de 2011. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadejecución de sentenciacosa juzgadaderecho laboraltribunales superiores