Sentencia N° 118 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de marzo de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0118, Exp. 13-1083, 17/03/2015
Expediente13-1083
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-03-17
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por las sociedades demandadas contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo del Trabajo. La Sala fundamenta su decisión en la existencia de elementos que evidencian una alteración en las condiciones laborales de los actores, lo que justifica el retiro de los mismos. Se confirma el fallo recurrido y se condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

Para decidir, se tiene en cuenta, que tal y como lo ha establecido esta Sala de Casación Social en el sistema de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el motivo de casación por manifiesta ilogicidad de la motivación, se presenta cuando los motivos son tan vagos, generales, inocuos o absurdos que se desconoce el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión. Este supuesto es el denunciado en el caso sub examine, al considerar la recurrente, la incursión en el mismo al fundamentar en el fallo la procedencia del retiro justificado de los demandantes como causa de terminación de la relación laboral. Al tal respecto, refiere el recurrente en casación que el juzgador de segundo grado, en el texto de la sentencia, al examinar el retiro de los demandantes fundado en el literal “g”, concluye que ninguno de los hechos afirmados por los demandantes en los puntos N 1, 2, 3, 4 y 5 de su escrito libelar se fundamenta en dicha causal de retiro justificado y basada en el principio in dubio pro operario y en la declaración de los trabajadores ante el juez de primera instancia extrajo que, la no asignación o realización de labores durante veinte días les creó incertidumbre e inquietud por su estabilidad laboral por cuanto el trabajo se realiza para recibir una remuneración, y cubrir así necesidades básicas; también dejó indicado la recurrida que, los pagos atrasados de los cesta tickets, así como el cambio de sitio de trabajo, la falta de pago de utilidades generó duda e intranquilidad, además del hecho que nunca tuvieron respuesta de la empresa sobre la inquietudes planteadas, todo lo cual condujo al juzgador de alzada a establecer que estos hechos generaron una alteración en las condiciones de la prestación del servicio, a que los trabajadores no se encontraran en un estado de desarrollo normal de la relación de trabajo, lo que motivó la declaración de procedencia del alegato del retiro justificado sobre la causal g) invocada por los accionantes.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, las sociedades mercantiles Distribuidora Zacarías Disza, C.A., Comercializadora Eti Brands, C.A., e Industrias Vima, C.A. (Invima), contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de junio de 2013; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónlaboraldespido indirectoretirada justificadatutela judicial

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