Sentencia N° 118 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0118, Exp. 10-1385, 01/03/2012
Expediente10-1385
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaAgrario
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-03-01
DecisiónEXTINCIÓN DE LA INSTANCIA; y 2) FIRME la decisión apelada.
Resumen
La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un recurso de nulidad interpuesto por José Orlando Giménez Vieweg contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras. Se establece que la instancia se extingue de pleno derecho si ha estado paralizada por más de un año por inactividad de la parte actora, según lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
La disposición legal citada dispone que si ha transcurrido mas de un año y la parte accionante no ha impulsado el proceso, ocurre de pleno derecho la extinción de la instancia. Este abandono tácito debe verificarse antes de la presentación de informes o antes de fijar oportunidad para la audiencia oral. Así las cosas, consta en autos que en fecha 23 de noviembre de 2010 la parte accionante del presente recurso de apelación realizó su última actuación procesal ante esta Sala, dejando transcurrir mas de un año sin haber materializado acto de impulso procesal alguno indicativo de interés en la prosecución del proceso, por tanto, le es aplicable la normativa establecida en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA; y 2) FIRME la decisión apelada.
Palabras clave
extinción de instanciainactividad procesalLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciarecursosjusticia agraria